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Comienzan las elecciones: todo lo que hay que saber para ir a votar

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El pasado 20 de octubre, la Cámara Nacional Electoral divulgó las boletas de los candidatos por la provincia de Santa Fe que participarán de las elecciones generales este 14 de noviembre.

En estos comicios se elegirán 127 diputados nacionales en representación de los 24 distritos que conforman el país y 24 senadores en ocho provincias: Corrientes, Córdoba, Catamarca, Chubut, Mendoza, Santa Fe, La Pampa y Tucumán.

¿Pueden votar igual este domingo los que no lo hicieron en las PASO?

Aquellos ciudadanos que no emitieron su voto en las PASO deberán abonar una multa, salvo que justifiquen el motivo de su ausencia.

Sin embargo, no haber sufragado en las Primarias no imposibilita la participación del elector en los comicios de este domingo. Entonces quienes no hayan votado el 12 de septiembre, podrán hacerlo igualmente el 14 de noviembre.

Documentos para votar

Libreta cívica, libreta de enrolamiento, DNI libreta verde, DNI libreta celeste; DNI tarjeta; y DNI tarjeta de la libreta celesta con la leyenda “no válido para votar” son documentos válidos para que el ciudadano presente el domingo en el establecimiento de votación.

La CNE aclaró que el ciudadano debe presentarse con el último ejemplar que tramitó y que el ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón,

Nuevo DNI en el Registro Civil

La Secretaria de Justicia a través del Registro Civil de la Provincia de Santa Fe, informó que las oficinas estarán abiertas para el retiro de DNI durante las jornadas del sábado y domingo, con motivo del acto eleccionario.

Al respecto, detallaron que el horario de atención será el siguiente:

Domingo 14: de 9 a 16 hs.

Los mismos se pueden retirar en las oficinas del Registro Civil ubicadas en San Luis 2950, en la ciudad de Santa Fe y en el resto de las delegaciones provinciales.

¿Se puede ir a votar con COVID-19?

La Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quiénes tengan COVID-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. La justificación la podrán hacer con un certificado sobre su situación.

Por otra parte, quienes hayan ido a votar y en el colegio presenten algún síntoma compatible a Covid-19 o de un caso sospechoso también estarán exceptuados de votar.

Sanción por no ir a votar

Si no ejercés tu derecho a votar, hay dos caminos a los que se puede recurrir. El primero de ellos es el de abonar la multa correspondiente, que para las generales del domingo será de $ 150 en adelante, dependiendo qué otras multas por la no emisión del sufragio tenga el ciudadano.

El otro camino que se puede utilizar es el de la justificación de la ausencia, en caso de que se posea una. Si una persona no concurrió a votar porque se encontraba enferma, deberá presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral.

Veda electoral

La veda está reglamentada por el artículo 71 del Código Electoral. De acuerdo a esa normativa, las siguientes acciones están restringidas:

Actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales

Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre. Es decir, hasta las 21 del domingo 12 de septiembre.

– Está restringida la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados, mientras las urnas estén abiertas y hasta las 21 del domingo.

– Tampoco se podrán vender bebidas alcohólicas, desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.

– Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

– La utilización de las viviendas como depósitos de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

– La prohibición de portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

Horario de los resultados

Cerca de las 21 del domingo, ya podrían conocerse los resultados de la elección correspondiente a las categorías locales de concejales, intendentes en algunas ciudades y jefes comunales.

"Recordemos que habrá dos escrutinios distintos, el nacional y el provincial. A nivel nacional, existe una restricción horaria que impide difundir datos antes de las 21. En Santa Fe no tenemos esa restricción, por lo tanto, en la medida que los datos se vayan procesando en los centros de carga de Santa Fe y Rosario, se van a ir publicando esas mesas a través de la web de gobierno que mostrará los resultados del escrutinio provisorio. Estimamos que alrededor de las 21 ya vamos a tener una tendencia bastante importante con una gran cantidad de telegramas cargados con lo cual, habrá una tendencia que será casi irreversible", planteó el secretario Electoral de la provincia, Pablo Ayala.

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