Politicas

Vicentin: Lorenzini decidió pesificar las deudas de la agroexportadora con el agro

Compartir:

El juez que entiende en el concurso preventivo de la cerealera Vicentin, Fabián Lorenzini, habilitó la feria y entre otras resoluciones quedaron verificados los Créditos de acreedores.

Al respecto, en consonancia con los criterios que recomendó la Sindicatura, el juez pesificó las acreencias comerciales (de acopios y productores que le vendieron granos) al tipo de cambio oficial correspondiente a la fecha de presentación del concurso y sólo en dejó en dólares los créditos que le otorgaron los bancos (acreedores financieros).

Leer también: Lorenzini ordenó la “urgente” rehabilitación de cuentas de Vicentin

Otra de las decisiones particulares que tomó el magistrado giró en torno a rechazar el pedido de los accionistas y ex directivos, de dolarizar sus acreencias con las firmas

Además, Lorenzini también nombró como sub-interventor de la empresa agroexportadora al abogado Guillermo Nudenberg.

Leer también: Vicentin insistió en que se levante el bloqueo de sus cuentas para poder pagar salarios
ACREEDORES COMERCIALES

“Se ha realizado un especial esfuerzo, a los fines de analizar la posibilidad de admitir la totalidad de las acreencias granarias en dólares al momento de la apertura concursal), conforme fuera peticionado por numerosos acreedores en el momento de sus solicitudes de verificación tempestiva de créditos. Pero hemos encontrado importantes escollos para ello en la propia ley concursal, razón por la cual no ha sido posible admitir su aplicación con la extensión pretendida”, manifestó el juez. En tanto, quienes se opongan tendrán hasta el 5 de marzo para presentar sus pedidos de revisión.

Los criterios para definir la moneda en la que se contrajeron los pasivos y las tasas de interés fueron los siguientes:
  • Saldos Acreedores en cuenta corriente: en pesos.
  • Mercadería en depósito: Siguiendo la recomendación de la Sindicatura, los certificados de depósitos serán convertidos en pesos en base a la cotización de granos a la fecha de la presentación del concurso y conforme al precio de la Bolsa de Comercio de Rosario.
  • Boleto de Compra-Venta a fijar: Se tendrá en cuenta la moneda en la cual se pactó el precio a fijar. “Sin perjuicio de que se haya establecido dólares como la moneda del precio a fijar, en los casos en los cuales el acreedor solicitó verificación en pesos será esa la moneda de verificación”, señala.
  • Boleto de Compra-Venta de granos a precio hecho: Se tendrá en cuenta la moneda en la cual se estableció.
  • Comisiones por corretaje: en pesos
  • Operaciones con laudo arbitral: “ Se verificarán los laudos arbitrales que se encuentren firmes y ejecutoriados; Aquellos procesos laudatorios en trámite no comparten la naturaleza jurídica de los ya laudados y firmes”.

Al respecto, Lorenzini indicó que “en todos los casos antes mencionados, para el caso de la verificación en moneda extranjera, serán calculados en moneda de curso legal a la fecha de la presentación del informe del Síndico al solo efecto del cómputo del pasivo y de las mayorías”, y añadió que "han concurrido tempestivamente a verificar sus créditos, un total de 1321 acreedores granarios de los cuales 1065 formularon su pedido en Pesos, mientras que otros 390 lo han hecho en dólares (el total de en ambas monedas totaliza 1.455 acreedores concurrentes, dado que 134 de los mencionados formularon pedidos en ambas monedas). Esto representó una suma total de $ 19.172.796.333,23 y U$S 166.360.452,56".

“Como primera reflexión surge que, estamos frente a una categoría de acreedores muy importante en cantidad de créditos admitidos: Sobre un total de 1727 acreedores verificados, 1290 pertenecen a la categoría de GRANARIOS, es decir que representan el SETENTA Y CUATRO COMA SESENTA Y NUEVE PORCIENTO (74,69%) del total de los acreedores verificados”, consignó la resolución del magistrado.

Leer también: Vicentin denuncia persecución y trabas para el pago de sueldo a trabajadores

Tras los numerosos planteos que recibió de los acreedores comerciales para que les dolaricen las deudas, el juez se ajustó a la normativa y aseveró: “Nuestra ley concursal no ofrece (a nuestro modesto entender), herramientas que tengan la flexibilidad necesaria para receptar el supuesto que venimos analizando. Avanzar en el reconocimiento de acreencias en moneda extranjera en el caso de los créditos granarios en su totalidad, implicaría desarticular el sistema concursal, con el muy probable resultado de prolongar indefinidamente un debate judicial sumamente destructivo”.

“La admisión de la totalidad de los créditos granarios en dólares implicaría el reconocimiento de una diferencia de valor, exclusivamente en favor de quienes hubieran entregado granos en detrimento del resto de los acreedores también monetizados en pesos”, señaló además y ponderó: “Los acreedores granarios en pesos y la concursada, pueden explorar opciones que involucren la recomposición de los créditos granarios en pesos, como parte de la construcción de un acuerdo concordatario, viable para ambos. Tal como ya se dijo en anteriores sentencias, el conflicto seguirá latente si no media el involucramiento y diálogo entre los que se reconocen como protagonistas del problema y portadores de una llave para su resolución. Sería recomendable la construcción de un plan de salida de la crisis, viable para la empresa y con la aptitud de atender estos créditos, monetizados en pesos de una manera razonable, diferenciándolos positivamente de los granarios que se monetizaron en dólares”.

Leer también: Vicentin: el juez Fabián Lorenzini designó a los nuevos veedores
ACREEDORES FINANCIEROS

Por otro lado, el magistrado detalló respecto a los acreedores financieros: “Debemos ponderar que en la mayoría de los casos analizados, estamos en presencia de mutuos o contratos financiaciones de diversa denominación, realizados en dólares estadounidenses, con “fondeo” externo y sujetos a específicas condiciones pactadas en cada caso en particular, dada la magnitud económica de la concursada, como así también sometidos a las reglas estables de cada mercado de capitales, pautas de gobierno societario y de los entes reguladores”.

En materia de intereses compensatorios, para los créditos verificados en moneda extranjera se utilizará la tasa LIBOR4 + 4 puntos adicionales (máximo), en coincidencia con lo recomendado por la Sindicatura.

“Se tendrá presente la causa del crédito, a los efectos de establecer la moneda en que fue pactada cada obligación dineraria, por cuanto muchos bancos nacionales realizaron operaciones en dólares estadounidenses pero las acreditaciones fueron concretadas en pesos al cierre de cambio con el BCRA. No obstante ello, tratándose de pre-financiaciones para exportaciones deviene indiscutible la existencia de un obligación de dar sumas de dinero pactada en moneda extranjera, por su propia naturaleza jurídica”, remarca la resolución.

Respecto al Fideicomiso Vicentin Exportaciones VII, aclararon que “los legitimados para percibir dichos créditos serían los titulares de aquellas acreencias pero solamente contra el patrimonio fiduciario. No así contra el patrimonio particular de la sociedad fiduciante. A tenor del cual, los créditos pretendidos por VDF reclamados por Banco Industrial SA y Aval Ganadero SGR , no serán admitidos”.

ACCIONISTAS Y DIRECTIVOS

“Los pagos efectuados (tanto en concepto de dividendos o pago por honorarios) fueron abonados y asentados en pesos. Ello surge también de las actas de directorio, de asamblea y estados contables analizados. En razón de ello, siguiendo la opinión de la Sindicatura, los créditos reclamados serán verificados en pesos”, decidió el magistrado al respecto.

Además, en lo que tiene que ver con las acreencias presentadas por empresas asociadas, el juez decidió no verificar por inadmisibles, los créditos pretendidos por Vicentin Paraguay SA y Diferol SA.

La entrada Vicentin: Lorenzini decidió pesificar las deudas de la agroexportadora con el agro se publicó primero en Sin Mordaza.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba