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Se oficializó el protocolo de seguridad sobre protestas y cortes de calles

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El Gobierno nacional oficializó este viernes el protocolo de actuación dispuesto por el Ministerio de Seguridad en relación a las protestas y los cortes de tránsito, que fue respaldado por el conjunto del Gabinete en una reunión encabezada este viernes por el presidente Javier Milei, y que fue cuestionado por organizaciones de derechos humanos como Abuelas de Plaza de Mayo y la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional (Correpi).

El protocolo, establecido a través de la resolución número 943/2023 del Ministerio de Seguridad, apunta a "evitar los cortes de la circulación de vehículos en la vía pública por piquetes y manifestaciones callejeras, resguardando derechos protegidos por las normas constitucionales, al habilitar que las expresiones de protestas se realicen sobre las veredas", según señaló ayer la titular de la cartera del área, Patricia Bullrich.La nueva normativa señala en sus considerandos que se busca ofrecer a las fuerzas policiales y de Seguridad federales “un marco de certidumbre para su actuación, sin perjuicio de las decisiones de las autoridades judiciales o del Ministerio Público Fiscal”, ante la “urgencia de la situación”, y a la “confusión introducida por una actitud pasiva sostenida durante mucho tiempo por las autoridades frente al desorden en la vía pública”.

Apunta que “la recurrencia, intensidad, extensión y frecuencia de la interrupción del tránsito en rutas, autopistas y otras vías transitables ha derivado en una situación insoportable para la población que sufre esos actos ilícitos, en desmedro de su trabajo y de su calidad de vida” y que, en muchas ocasiones, se interrumpe la circulación mediante la quema de neumáticos o de otras sustancias contaminantes.

Por ello, establece que las fuerzas policiales y de Seguridad federales “intervendrán frente a impedimentos al tránsito de personas o medios de transporte, cortes parciales o totales de rutas nacionales y otras vías de circulación” en jurisdicción federal, y también en las provincias o en la Ciudad de Buenos Aires en los casos contemplados en la ley de Seguridad Interior.

Esta intervención “se producirá sin que necesariamente medie orden judicial” ya que “se trata de un delito flagrante reprimido por el artículo 194 del Código Penal de la Nación Argentina; sin perjuicio de la comunicación inmediata al juez o al fiscal competente”, aclara la norma.

Se establece además que "los efectivos emplearán la mínima fuerza necesaria y suficiente, con especial atención y cuidado ante la presencia de niños, mujeres embarazadas o ancianos”, la cual “será graduada en proporción a la resistencia opuesta por los manifestantes o sus apoyos”, siempre con empleo de armas “no letales”.

Se procede a la identificación de “los autores, partícipes, cómplices o instigadores que participen de marchas y piquetes”, mediante “filmaciones y otros medios digitales o manuales, con registro prioritario de los datos de sus líderes y organización con la cual se vinculan, sin perjuicio de proceder a su detención, cuando así corresponda legalmente”, y sus datos se enviarán a la autoridad competente.

Lo mismo se hará con los vehículos en que se transporte a los manifestantes que no estén bajo las normas de tránsito o no tengan la documentación. Al mismo tiempo, se creará un registro de las organizaciones convocantes.

Se contempla el caso de los responsables de llevar niños a las manifestaciones, cuyos datos o identidades “serán también comunicados a la autoridad a cargo de la protección de los menores”.

Por otra parte, el Ministerio de Seguridad podrá demandar judicialmente a las organizaciones convocantes a las manifestaciones, así como a las personas individuales que resultaren responsables, por el costo de los operativos.

Además "se establece que las entidades perjudicadas podrán iniciar acciones de resarcimiento por los daños y perjuicios que hubieren sido ocasionados contra el patrimonio público y las personas".

En caso de tratarse de extranjeros con residencia provisoria en la Argentina, se enviarán sus datos a la Dirección Nacional de Migraciones, “a los fines pertinentes”, informó Télam.

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