Salta 2141: causas civiles divididas entre la Justicia federal y la provincial

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22-08-2017 | JUDICIALES | ROSARIO
Salta 2141: causas civiles divididas entre la Justicia federal y la provincial

Una resolución de la Corte Suprema de la Nación dispuso que sólo las demandas en contra del Enargás tienen competencia nacional

Las demandas civiles por la tragedia de calle Salta serán investigadas por dos esferas distintas de la Justicia. Un fallo de la Corte Suprema de la Nación resolvió que sólo los expedientes que apunten contra el Enargás queden en manos de la Justicia federal; mientras que las demás deberán tramitar en la provincia. En este contexto, un mismo actor podría ser responsable y, a la vez, eximido de culpa, por un mismo hecho.

La investigación de la explosión del edificio de Salta 2141 tiene varias aristas. Por un lado, la causa penal, con once imputados a la espera de un juicio oral y público que, por el momento, no tiene fecha de inicio (ver aparte). Y, por el otro, una treintena de demandas civiles que apuntan a obtener un resarcimiento moral o patrimonial para los damnificados.

Dentro de este grupo hay familiares de algunas de las 22 víctimas fatales y también otros que no tuvieron que lamentar muertes pero que el 6 de agosto de 2013 perdieron todo lo que tenían, desde su casa y su auto hasta las fotos familiares y otros objetos de valor simbólico.

Cada una de las demandas civiles apunta contra distintos actores: algunas van contra la empresa Litoral Gas, otras contra la administración del edificio o contra el consorcio de propietarios. Otras tantas, incluso, consideran que el Estado municipal y provincial tienen responsabilidades. Muchos demandaron a más de un actor a la vez. Y, en esta amplia gama de posibles culpables, algunas víctimas del siniestro demandaron también al Ente Nacional Regulador de Gas (Enargás) y abrieron una puja por competencias.

El Enargás es el organismo estatal que debía ejercer control para que Litoral Gas, la empresa prestadora del servicio en Rosario, cumpla con sus regulaciones y obligaciones. Por eso, algunos damnificados consideraron que el ente tuvo responsabilidad en la explosión del edificio e iniciaron acciones civiles en su contra.

En Rosario, todas las demandas civiles por la tragedia se habían acumulado en el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 (provincial), integrado por los magistrados Horacio Allende Rubino —juez de trámite en la causa—, Analía Mazza e Ignacio Aguirre.

En agosto de 2015, el Tribunal se declaró incompetente para seguir adelante con la investigación. Es que la ley 24.076, que fue sancionada en 1992 y que crea el Enargás, establece que debe ser la Justicia federal la que dirima todo lo relativo a su funcionamiento. Y, por eso, la justicia provincial no tenía competencia para resolver las demandas.

Según se desprende de la opinión de la Procuración General de la Nación, que se expresó en un dictamen de Laura Monti, los expedientes llegaron a la Justicia Federal, que ordenó desacumular las causas y devolver a la Justicia provincial aquellas en las que el Enargás no estuviera demandado y continuar el trámite de las que apuntaran contra el Ente, incluso si esa demanda también apuntaba contra otros actores.

Esto, a entender de los jueces provinciales que atienden en el proceso, podría generar resoluciones opuestas para una misma demanda. Es decir, la órbita federal podía considerar responsable de los hechos a un actor que la justicia provincial considere libre de culpas. Por eso elevó la situación a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Hace unos meses, el máximo tribunal resolvió que los expedientes queden divididos entre las distintas esferas de la Justicia. Así, a la fecha son 26 las demandas que tramitan en el Tribunal Extracontractual Nº 6, mientras que otras siete —que apuntan contra el Enargás pero también contra otros posibles responsables— quedaron bajo la órbita de la Justicia Federal.

Si, al momento de emitir el fallo, hubiera contradicciones entre ellos, es muy posible que otra vez le toque a la Corte Suprema de la Nación tener la palabra final.

Fuente: Sin Mordaza – La Capital

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