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Rechazaron planteo de tratamiento colectivo de prisión domiciliaria de diez personas

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El juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Jorge Patrizi, rechazó un pedido del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP) para que se acumule y se realice un tratamiento colectivo para otorgar la prisión domiciliaria a 10 personas que están alojadas en la Colonia Penal de Recreo. La decisión la tomó el magistrado en una audiencia llevada a cabo ayer en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

El fiscal que representó al MPA en la audiencia fue Eladio García, de la Unidad Fiscal Especial de Ejecución y Control de la Fiscalía Regional 1. El funcionario aclaró que “el planteo hecho por la Defensa Pública fue a raíz de otra presentación que ya había realizado el Servicio Penitenciario para que se otorgue la prisión domiciliaria a las mismas 10 personas y a otras 13 más que también están alojadas en la Colonia Penal”.

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En relación a esas otras 13 personas, el fiscal del MPA informó que “su situación aún está pendiente de resolución”. Y adelantó que “entendemos que lo resuelto por Patrizi se constituye en un antecedente jurisprudencial a ser tenido en cuenta”.

También recordó que “el total de esas 23 personas son las que están alojadas en la Colonia Penal de Recreo. Se trata de una dependencia del Servicio Penitenciario que tiene particularidades. El traslado de una persona a ese lugar se debe a la conducta ejemplar que tiene el detenido quien, además, cumple con un régimen extramuros”.

Uno por uno

“Desde la Fiscalía nos opusimos a la acumulación de los pedidos y a su tratamiento colectivo y el Tribunal resolvió en ese sentido”, valoró García. “Sostuvimos que en tanto la responsabilidad subjetiva es individual, un abordaje colectivo de los casos implicaría violentar el principio de culpabilidad en la etapa de ejecución de la pena”, explicó el fiscal.

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“Luego del debate de cada uno de los casos en una misma audiencia, el juez resolvió conceder la libertad asistida a una de las personas y concedió salidas transitorias a los otros nueve“, detalló el fiscal. Asimismo, agregó que “tanto la libertad asistida como las salidas transitorias concedidas por el magistrado fueron resueltos conforme a Derecho”.

Principio de legalidad

En relación a los argumentos esgrimidos por la Defensa para solicitar la prisión domiciliaria de las 10 personas, el fiscal García informó que “los planteos fueron fundados en la pandemia del coronavirus. Y los presuntos problemas sanitarios que se podrían generar en el ámbito carcelario”.

“Desde la Fiscalía nos opusimos a este planteo y fundamos nuestro rechazo en el principio de legalidad”, argumentó García. En tal sentido, explicó que “entendemos que no pueden prosperar las solicitudes si no están dentro de los supuestos establecidos en el artículo 32 de la ley 24.660 de Ejecución de la pena privativa de la libertad y en el artículo 10 del Código Penal”.

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García sostuvo que “la pandemia no está dentro de lo previsto por la ley” y recordó que “los supuestos legales contemplan a mayores de 70 años; enfermos terminales; enfermos que no pueden ser tratados en el ámbito del Servicio Penitenciario; mujeres embarazadas y mujeres con hijos menores de cinco años”.

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