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La pauta Oficial

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La actualidad en Argentina nos hace que términos, definiciones, acciones puntuales se pongan de moda según las miradas de cada gobierno, y este nuevo gobierno, el de Milei instaló la mirada en la pauta oficial, desde que su vocero anunció la suspensión para los
próximos 12 meses.

Vamos a tomarnos un rato para ver como se distribuye, a quien se distribuye y qué es esta pauta oficial, que debería ser llamada pauta pública porque no divulga los actos del oficialismo, difunde los actos del estado para con sus miembros, o sea nosotros los ciudadanos de a pie que necesitamos saber. Por otra parte, con la pauta política hay una devolución mínima vía exención de impuestos, pero que está muy lejos de compensar el valor comercial y artístico que se usa para ese espacio.

La ley 27275, de acceso a la información pública, fue sancionada durante el gobierno de Mauricio Macri para transparentar la difusión y la publicación de las acciones del estado, además de garantizar el acceso público a todo a que solicite una información vinculada a los actos de gobierno.

El artículo 33 explica que se debe generar un “Régimen más amplio de publicidad. Las obligaciones de transparencia activa contenidas en el artículo 32 de la presente ley, se entienden sin perjuicio de la aplicación de otras disposiciones específicas que prevean un régimen más amplio en materia de publicidad”. Por lo tanto, en su versión comentada asegura que este artículo obliga a promover la mayor publicidad posible de cada uno de los actos.

Para que no queden dudas, el artículo 35 establece que te prevea el presupuesto adecuado para que se ejecute la ley en toda su dimensión.

Lo primero que deberíamos ver en este caso es que, con la suspensión mencionada en el primer párrafo de esta nota, se dejaría de cumplir una ley sancionada por el congreso de la Nación y por primera vez, desde la vuelta a la democracia, no sé destinaría un presupuesto para esta obligación. Con esto se cae la máxima “dentro de la ley todo, fuera de ley nada”.
Esto podría generar acciones contrarias al gobierno de turno, ya que los actos que están obligados a publicarse son: licitaciones públicas, calendarios de vacunación, calendarios de obligaciones impositivas, las recomendaciones ante epidemias o emergencias, las prestaciones a grupos vulnerables como jubilados o personas con discapacidad, los consejos para ahorro de energía, la disponibilidad de vacantes educativas y podríamos sumar muchas más.

La no publicación de algunas de estas informaciones podría ser utilizada por algún particular, presentarse a la justicia y reclamar no ser multado por pagar tarde una obligación impositiva porque no se dio a conocer de la forma que la ley establece, el calendario adecuado para hacerlo.

Parece una locura, pero no. Una persona que se contagia de una enfermedad que podría ser prevenida por una vacuna podría argumentar que no sabía del calendario de vacunación por lo tanto demandar al estado por desprotegerlo ante la negativa de información sobre temas de interés en la salud pública.

Me sostengo en esto porque en la 27275, establece por la ley la mayor publicidad posible y le otorga un presupuesto para hacerlo. En esta primera parte nos dedicamos ver que es y para qué sirve la pauta pública. Ahora nos vamos a detener en los números y los medios que la reciben según lo publicado en el periodo de enero a octubre de 2023 bajo la presidencia de Alberto Fernández.

Los que se lleva gastado en el periodo es monto cercano a los 40 mil millones de pesos, el 0,05 del presupuesto nacional, y el 94% de los fondos destinados se reparte en 3800 medios de comunicación.

Es imposible que hagamos un promedio de lo que recibe cada uno, porque la repartija es muy dispar, pero es una buena muestra para comprender que los medios no son solo los que están en CABA, con periodistas mega estrellas que se sienten mas importantes que los
medios en los que trabajan.

El 6% del presupuesto se destina a redes, donde hay un gran ganadorque es Youtube. Les dejo la lista del dinero recibido: Youtube: $ 1.079.223.875,39. Facebook/Instagram: $ 851.182.918,73, Spotify: $ 44.562.612,9, Tik Tok: $ 6.367.000,73, después aparecen algunas empresas que hacen publicidades programáticas dentro de los medios web. Esas ventanas que se nos abren cuando entramos a leer una nota y que no sabemos porque aparecen.

Algunas cuestiones que está bueno poder aclarar. Estas redes no son medios de comunicación, no generan ningún tipo de contenido y es dinero que se factura fuera del país, por lo tanto, es un dinero que no genera recirculación porque no queda en la argentina.

El resto se reparte de la siguiente manera:
  • Web, el 24,06%, 1401 medios para 9.681 millones de pesos.
  • Cable, el 17,85%, 403 medios para 7.183 millones de pesos.
  • Radios FM, el 15,93%, 1371 medios para 6.411 millones de pesos.
  • Vía Pública el 10,69%, 167 empresas para 4.303.505.019,92 de pesos.
  • Medios gráficos, el 10,02%, 291 diarios y revistas para 4.303 millones de pesos.
  • TV abierta, el 8,03%, un total de 3.231.070.894 de pesos.
  • Redes, el 5,94%, que suman 2.389 millones de pesos.
  • Radios AM, el 5,86%, 174 medios para 2.360.050.397,95 de pesos.
  • Comunicación Directa, el 1,16%, con 467 millones de pesos a repartir entre 3 empresas.
  • Cine distribución, el 0,46%, un total de poco más 184 millones de pesos.

Para terminar no todos los medios de comunicación tenemos las mismas obligaciones y por lo tanto, no están ni regulados, ni controlados de la misma forma. Una página web, con sus redes y sus canales audiovisuales pueden tener la libertad de tomar los tiempos y los espacios de publicidad que se les dé la gana. Los diarios, el cable y las revistas también.

Sin embargo, los canales de TV abierta y las radios a AM y FM, están obligadas a generar una determinada cantidad de contenido por hora de, al menos un 75% porque solo puede usar el 25% de ese tiempo para sus compromisos comerciales.

Además de pasar la cadena nacional y publicitar sin recibir ningún tipo de compensación económica los “espacios gratuitos de publicidad cedidos por la ley nacional electoral” que tanto nos torturan en los años de elecciones.

Se entiende, por estar dentro del espacio radioeléctrico cedido por el estado, estos medios tienen una mayor obligación, pero no tienen mas derechos que los otros para ser beneficiados con la pauta.

En fin, pauta no es un capricho, ni un ensobramiento, es un derecho y una obligación por ley. El ejecutivo es que debe garantizar que esto ocurra y realizarlo de la forma mas transparente posible.

La entrada La pauta Oficial se publicó primero en Sin Mordaza.

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