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La Corte Suprema avaló la figura del “arrepentido” en la Causa Cuadernos

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La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes un planteo de inconstitucionalidad contra la denominada "Ley del Arrepentido" y respaldó su validez en el marco de la Causa Cuadernos.

El máximo tribunal, por unanimidad, rechazó un planteo formulado por el ex ministro de Planificación Julio De Vido. En apenas dos párrafos, la Corte descartó el planteo de los abogados de De Vido, Gabriel Palmeiro y Maximiliano Rusconi, al argumentar que no había sido dirigido "contra una sentencia definitiva o equiparable a tal".

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El fallo implica, en los hechos, que la Causa Cuadernos llegará a juicio con los relatos de los arrepentidos –cuestionados por la mayoría de las defensas, incluso las de los propios arrepentidos- con valor probatorio.

Del derrotero de la causa se desprende que será en el debate oral y público, que aún no tiene fecha de inicio fijada, donde se volverá a discutir sobre la constitucionalidad –o no- de la norma.

La ley 27.304 fue sancionada en octubre de 2016 y consagró la figura del "imputado colaborador" o "arrepentido". Entre los puntos salientes de la norma, el artículo sexto establece que "las declaraciones que el imputado arrepentido efectuare en el marco del acuerdo de colaboración deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior".

Quienes objetan la norma sostienen que ello significa que las audiencias debieron haber sido grabadas y/o filmadas para su control posterior, lo que no ocurrió en ningún caso.

Más aun, algunos "arrepentidos" –como el ex titular de la Cámara Argentina de la Construcción Carlos Wagner- pidieron que su declaración como "imputado colaborador" no fuera utilizada como prueba durante el juicio porque no fue una elección libre de su voluntad acceder a aquel acuerdo.

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