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Hoy se define la continuidad del Defensor provincial Gabriel Ganón

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24-11-2016 | JUDICIALES | JUICIO POLÍTICO
Hoy se define la continuidad del Defensor provincial Gabriel Ganón

La Comisión de Acuerdos aconseja su desplazamiento por mal desempeño. Lo mismo dijo sobre Eladio García, fiscal de Reconquista

La sesión conjunta de ambas Cámaras Legislativas, como la citada para hoy por el vicegobernador Carlos Fascendini para resolver si se suspende definitivamente al Fiscal Regional de Reconquista, Eladio García, y al Defensor General de la provincia, Gabriel Ganón, requiere un quórum de la mitad más uno de cada cuerpo. Si ello se logra, probablemente ambos funcionarios sean suspendidos hasta "el último día de sus mandatos" como aconseja el dictamen de la Comisión Bicameral de Acuerdos. Sin embargo habrá un dictamen en minoría impulsado por el diputado Leandro Busatto, del Frente para la Victoria, quien consideró que la suspensión del defensor "es arbitraria y tiene un marcado sesgo ideológico".

"Aconsejamos a ambas Cámaras de la Legislatura, reunidas en sesión especial conjunta que: 1º) se suspenda al doctor Gabriel Ganón en el ejercicio de sus funciones de Defensor General de la provincia, con sustento en la causal de mal desempeño, a partir del momento del dictado de esta resolución y hasta la finalización de su mandato (abril de 2017); 2º) se prohiba expresamente a partir de la adopción de la presente resolución de ingresar al ámbito físico de cualquier dependencia del Servicio Público provincial de la Defensa", dice el dictamen de 15 fojas sobre Ganón.

El mismo texto, en 13 fojas, se utiliza para aconsejar la suspensión de Eladio García como Fiscal Regional de la 4ª Circunscripción (Reconquista) prohibiéndole el ingreso a dependencias de esa Fiscalía.

Juicio político

"A modo de premisa es necesario destacar que el tipo de proceso contemplado podría ser encuadrado en sentido amplio dentro de la categoría de juicio político", dice el dictamen de la comisión que preside el senador justicialista Raúl Gramajo (PJ-9 de Julio) y la conforman sus pares Rubén Pirola (PJ-Las Colonias), Alcides Calvo (PJ-Castellanos) y Rodrigo Borla (UCR-San Justo). Además, por la Cámara de Diputados están Alicia Gutiérrez (SI), Inés Bertero (PS), Gabriel Real (PDP), Patricia Tepp (UCR), Julián Galdeano (UCR), Julio Eggimann (PJ), Leandro Busatto (PJ) y Alejandra Vucasovich (PRO).

"Esta clase de proceso tiene por objetivo evaluar la conducta funcional y eventualmente destituir a los malos funcionarios. Las resoluciones adoptadas en el marco del juicio político se basan en criterios de confianza y de oportunidad. De ahí que la valoración referida al desempeño de los juzgados descansa en la libre apreciación del órgano llamado a resolver, efectuándose con amplia libertad de criterio, por lo que la discrecionalidad es la característica sobresaliente del procedimiento que ventila el juicio político", dice el primer párrafo del dictamen.

Lo que llama la atención es que el dictamen contra Ganón dedica íntegramente su segundo punto a justificar la ausencia del senador radical Lisandro Enrico, quien presentó la denuncia contra el Defensor, afirmando que los miembros de la comisión conocen sus argumentos y también el acusado, desestimando de ese modo la protesta de la defensa de Ganón, ejercida por Domingo Rondina, quien (según el dictamen) se quejó de "la ausencia del acusador", lo que "quita objetividad a la acusación" ya que si dicho sujeto no está presente "no hay forma de conmover la acusación". En cambio, en el segundo punto del dictamen contra García le desestiman sus protestas sobre su posibilidad de defensa y conocimiento acabado de los reproches a su conducta y desempeño.

Jurisprudencia

El dictamen también define la causal de mal desempeño y refiere a un texto jurídico de Rafael Bielsa en el cual se sostiene que "la expresión mal desempeño tiene una latitud considerable y permite un juicio discrecional amplio pues se trata de una falta de idoneidad no sólo profesional o técnica, sino también moral, que ocasiona un daño a la función pública, o sea a la gestión de los intereses generales de la Nación". Y aclara: "No es posible soslayar que el concepto guarda estrecha relación con el de mala conducta en la medida que, en el caso de los jueces y demás magistrados o funcionarios", la Constitución Nacional lo toma en cuenta para la permanencia en el cargo. De este modo, "la inamovilidad de los jueces y demás funcionarios debe ceder ante el supuesto de mal desempeño, pues en un sistema democrático es esencial que los magistrados resguarden los intereses públicos a ellos confiados".

Fuente: Sin Mordaza-La Capital

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