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El Senado convirtió en ley el nuevo régimen para los biocombustibles

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Tras un extenso debate de más de cinco horas, este viernes por la madrugada el Senado convirtió en ley el nuevo marco de la producción de biocombustibles que reemplaza al que funciona desde hace quince años y que propone un corte del 5% para el gasoil y el biodiesel.

La iniciativa fue aprobada pasada la una y media de la mañana por 43 votos a favor y 19 en contra, por lo que la nueva normativa sustituirá a la que regía hasta el momento, la cual había sido prorrogada por el Gobierno a través de un decreto publicado esta misma semana, cuando el proyecto parlamentario todavía estaba por ser tratado.

La medida, que fue sancionada con los cambios introducidos en la Cámara de Diputados, recibió el apoyo del oficialismo y de algunos legisladores de la oposición que representan a las provincias de Jujuy y Tucumán, beneficiadas con la medida, por ser productoras de caña de azúcar.

Por el contrario, los principales cuestionamientos durante el debate en el recinto provinieron de los senadores de Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos, distritos que son productores de granos.

De esta manera, cuando el nuevo marco normativo sea reglamentado, habrá una reducción del corte obligatorio del 10% al 5% en la mezcla entre biodiesel y gasoil. En tanto, en el caso del combustible elaborado a base de caña de azúcar, los volúmenes deberán ser del 6% de la mezcla mínima obligatoria, y del mismo porcentaje para el bioetanol a base de maíz

Además, este Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustible prevé exenciones relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto a las Ganancias para la adquisición de bienes de capital u obras de infraestructura y dispone que los bienes afectados no integrarán la base de imposición del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta establecido por la Ley Nº 25.063.

Un punto del proyecto que genera debate, es el artículo que implica que la Secretaría de Energía podrá "elevar el referido porcentaje mínimo obligatorio cuando lo considere conveniente en función del abastecimiento de la demanda, la balanza comercial, la promoción de inversiones en economías regionales y/o razones ambientales o técnicas".

De forma inversa, el corte podrá reducirse hasta el 3% "cuando el incremento en los precios de los insumos básicos para la elaboración del biodiésel pudiera distorsionar el precio del combustible fósil en el surtidor, o ante situaciones de escasez de biodiésel por parte de las empresas elaboradoras".

Con respecto a la sustitución de importación, el proyecto establece que la autoridad de aplicación puede adoptar los medios para lograr ese objetivo "con el objeto de evitar la salida de divisas, promover inversiones para la industrialización de materia prima nacional y alentar la generación de empleo".

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