Dieron detalles sobre absolución del acusado por el crimen de Mansilla

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08-09-2017 | JUDICIALES | DESDE DEFENSORíA
Dieron detalles sobre absolución del acusado por el crimen de Mansilla

Desde la Defensoría Regional dieron detalles sobre la absolución del acusado por el crimen de Daniel Mansilla.

Sorpresivamente el último martes ( 5 de septiembre) el Tribunal de Juicio Oral Pluripersonal integrado por los Dres. Adrián Godoy, Silvina Marinucci y Benjamín Revori, decidió unánimemente absolver por el beneficio de la duda a Ernesto Francisco Z., quien fue representado en el juicio oral y público por el Defensor Regional de la 3° Circunscripción Judicial (Venado Tuerto), Dr. Mariano Mascioli, con la asistencia de la Dra. Silvia Gamba.

Al respecto cabe recordar que el imputado estaba acusado de haber sido el autor del homicidio de Daniel Mansilla ocurrido el sábado 14 de noviembre de 2015 a las 15:30 en Ayacucho y Caparros. calificado como homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego..De hecho debido a que el hecho sucedió a plena luz del día y la existencia de testigos presenciales, parecía que el caso iba a tener otro final, pero la mala recolección de las pruebas y las contradicciones de los declarantes fueron lo que culminaron provocando que por ahora (el fiscal apeló la decisión del Tribunal) el asesinato de Mansilla quedé impune.

Lo cierto es que el Fiscal del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Venado Tuerto Dr. Mauro Blanco, llevó adelante la causa y solicitó la pena de 20 años de prisión efectiva. De este modo según lo expuesto por el funcionario judicial, Ernesto Francisco .Z. junto a otras cinco personas arribó en una camioneta al domicilio de Daniel Mansilla y lo asesinó de dos tiros en el pecho, escapando consecuentemente de la escena del hecho.

Durante los alegatos de clausura, el Defensor Regional señaló que se descartó la tesis fiscal que sostenía que el disparo que dio muerte a a la víctima se produjo a quemarropa. En las audiencias de debate, el propio médico forense descartó totalmente esa hipótesis, porque el cuerpo de la víctima no presentaba el característico “tatuaje” o quemadura de la piel producto de la llama al salir el proyectil del arma.

Además, sostuvo que no hubo prueba material fundante de la acusación contra Ernesto .Francisco .Z. La evidencia colectada no fue cotejada con ningún otro elemento, no se buscó el arma homicida y tampoco hubo pericias. Los testigos presenciales del hecho, al declarar en el debate y luego del contradictorio, incurrieron en incongruencias y confusiones sobre cuestiones esenciales. De este modo, Mascioli señaló que toda la prueba que llevó al imputado al juicio “resultó endeble, sugestiva y absolutamente confusa”. En tanto, indicó que no pudo aclararse la dinámica y modalidad del hecho. Es decir, quien disparó el arma de fuego y en qué lugar se produjo la acción. En este sentido, dijo que “todas estas preguntas no tuvieron respuestas durante el juicio”. Por ello, la Defensa Pública solicitó la absolución de su defendido.

Si bien los fundamentos del fallo estarán a disposición de las partes dentro de los tiempos que indica la ley, el Tribunal de Juicio Oral Pluripersonal concedió la razón a la Defensa y decidió absolver al acusado por el beneficio de la duda.

De todos modos el fiscal apeló la decisión.

Fuente: SM – Venado24

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