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Condenaron a un matrimonio y a sus dos hijos por lavado de activos

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Un matrimonio y sus dos hijos mayores de edad fueron condenados por el delito de lavado de activos agravado que cometieron en perjuicio de una empresa de la ciudad de Reconquista. Así fue resuelto por el juez Santiago Banegas, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos y que se llevó a cabo en los tribunales reconquistences.

Los condenados son Martín Darío Zabala de 50 años, su esposa Silvia Marega de 51, y los hijos de ambos Santiago Martín Zabala y Ezequiel Darío Zabala de 24 y 27 años, respectivamente.

El fiscal que investigó los ilícitos es Leandro Mai.

Martín Zabala fue condenado a cinco años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo como autor de los delitos de lavado de activos agravado (por realizarse con habitualidad, utilizando para ello una persona de existencia ideal); estafas reiteradas (240 maniobras) y falsificación de cheque (reiterados).

Por su parte, Marega y Santiago y Ezequiel Zabala fueron condenados a tres años de prisión de cumplimiento condicional por ser partícipes secundarios del delito de lavado de activos agravado (por realizarse con habitualidad, utilizando para ello una persona de existencia ideal)".

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"Los imputados admitieron expresamente su culpabilidad en los hechos ilícitos", destacó el fiscal Mai. También indicó que "tanto las personas investigadas como su abogado manifestaron su conformidad con los hechos que les atribuimos, aceptaron la calificación legal, el monto de la pena, su modo de ejecución y el procedimiento abreviado elegido".

El representante del MPA subrayó que "a través de sus abogados, los propietarios de la empresa afectadas por la maniobras ilícitas participaron activamente para solucionar el conflicto". En tal sentido, informó que "fueron informados de los términos del acuerdo y prestaron su conformidad en relación al juicio abreviado desarrollado".

Reparación

El fiscal Mai refirió a la condena impuesta a las cuatro personas y explicó que "se trata de la primera pena impuesta por la justicia provincial en el centro norte de la provincia por el lavado de activos".

También aclaró que "la condena no sólo incluye la pena de prisión". En tal sentido, precisó que "Martín Zabala quedó alojado en dependencias del Servicio Penitenciario" y agregó que "si bien a las otras tres personas se les impusieron penas de ejecución condicional, deberán cumplir estrictas normas de conducta, entre ellas, la prohibición de salir del país y la realización de tareas comunitarias durante tres años".

"Además, se estableció un acuerdo de reparación para indemnizar a la empresa perjudicada y reparar el daño provocado", resaltó Mai y añadió que "incluye siete inmuebles; cuatro fracciones de terreno; una cochera; diez camiones; siete acoplados; dos camionetas; un televisor, un aire acondicionado y 84.170 pesos que fueron secuestrados en una de las diligencias investigativas realizadas oportunamente".

Asimismo, Mai señaló que "se ordenó el decomiso de un automóvil; dos motos; una lancha; un tráiler de lancha; gran cantidad de electrodomésticos y bienes muebles". El fiscal también adelantó que "los condenados manifestaron que desistirán de juicios ejecutivos que habían iniciado en contra de la empresa damnificada, procederán al levantamiento de los embargados trabajados y asumirán los costos que dichas medidas insuman".

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Lavado de activos

"Martín Zabala trabajaba en la empresa perjudicada, que es un firma de transporte de cereales y algodón de Reconquista. Se valió de su cargo en la compañía para desplegar su accionar delictivo", recordó el fiscal.

"Actuó en forma conjunta con su esposa e hijos para administrar y poner en circulación los bienes provenientes de ilícitos penales", apuntó y dijo que "esta actividad, se desarrolló de forma habitual y sistemática hasta noviembre de 2020".

Estafas y cheques

En relación a las estafas, Mai estableció que "fueron cometidas desde enero de 2019 y hasta julio de 2020".

"El perjuicio económico causado asciende a 122.415.805,81 pesos", cuantificó el fiscal.

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