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Boasso fue bajado de las elecciones a diputados por irregularidades

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27-06-2017 | POLITICA | ELECCIONES 2017
Boasso fue bajado de las elecciones a diputados por irregularidades

Lo resolvió la Junta Electoral de Cambiemos. Se comprobaron una “serie de irregularidades de gravedad” en la presentación.

La Junta Electoral de la Alianza Cambiemos resolvió por unanimidad rechazar la lista “Fuerza para el Cambio” que postulaba a Jorge Boasso como candidato para las elecciones a diputados nacionales. Según informó, la determinación se basó en que la misma no cumplió con los requisitos básicos para ser avalada.

De esta manera, la Junta oficializó una sola nómina de cara a los comicios. La misma es “Cambiando Juntos”, que tiene como candidatos principales a Albor “Niky” Cantard, Luciano Laspina, Lucila Lehmann y Gisela Scaglia.

Según se informó desde la Junta Electoral, lista “Fuerza para el Cambio” no logró cumplir con las normas vigentes para participar de las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), ya que no presentó los avales necesarios. Debía reunir en total 2000 firmas de afiliados de los partidos integrantes de la coalición y no alcanzó ese número debido a que se comprobaron una serie de irregularidades de gravedad en la presentación.

Según se detalló, entre las firmas presentadas por “Fuerza para el Cambio” había avales dirigidos a otra lista diferente, como así también planillas que no avalan lista alguna (se encuentran firmadas pero sin indicar la lista a la cual avalan: no tienen ni agrupación política, ni denominación de lista, ni categoría de cargo, ni lugar y fecha).

Se constataron también avales que no se corresponden con personas afiliadas a la Unión Cívica Radical ni al PRO; y se recibieron presentaciones de personas que denuncian no haber firmado, pese a que se utiliza su nombre en los avales.

Al depurar la presentación, en total se contabilizaron como válidos 1.386 avales de “Fuerza para el Cambio”, por lo que la Junta Electoral decidió rechazar la lista por no estar cumplidos todos los requisitos exigidos por la Ley Nº 25.571 y demás normas electorales vigentes.

Fuente: SM – Infovera

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