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Avanza una ley para prevenir el cáncer de próstata

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25-10-2016 | SENADO SF | SENADO PROVINCIAL
Avanza una ley para prevenir el cáncer de próstata

La iniciativa prevé una primera instancia con los agentes provinciales. Luego se abordaría al resto de la población. Ahora dependerá de Diputados

El jueves pasado la Cámara de Senadores de la provincia dio media sanción al proyecto de ley por el cual "se implementa en la jurisdicción de la provincia la ley de cáncer de próstata", el cual había corrido la misma suerte en tres oportunidades anteriores, perdiendo estado parlamentario en la Cámara de Diputados.

El autor del proyecto, el senador Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal), dijo que la iniciativa "pretende ser de gran utilidad para la salud pública de los habitantes de esta provincia y a la espera que la Cámara baja pueda tomar esta preocupación para su tratamiento y aprobación".

Michlig explicó que "este nuevo proyecto de ley comprende dos etapas a ejecutarse por el Ministerio de Salud. La primera comprenderá a los agentes ingresantes o de revista de la administración pública provincial y organismos descentralizados, de sexo masculino y mayores de 50 años. El examen consistirá en una Consulta Médica Urológica (CMU) con el profesional especialista o clínico o generalista, más un análisis valorativo del Antígeno Prostático Específico efectuado por el método químico cuantitativo de radioinmunoensayo (PSA Total)".

"La segunda etapa –continuó– se implementará mediante decreto reglamentario que comprenderá al resto de la población, impulsando y difundiendo la ley de cáncer de próstata, a los efectos de formar conciencia colectiva para, de esa manera, lograr una efectiva promoción y prevención de la salud; atento a que el cáncer de próstata es uno de los más comunes entre todas las formas de cáncer y que el número de casos ha aumentado durante los últimos años, probablemente como consecuencia del aumento global en la esperanza de vida".

En su artículo 3º se propone : "El estudio médico respectivo, que podrá ser realizado por efectores públicos o privados, integrará de manera obligatoria el legajo personal del agente. El término de presentación de los exámenes (CMU + PSA), a los efectos de completar el legajo personal, será establecido por la reglamentación. Los informes presentados serán evaluados y registrados por el área respectiva del Ministerio de Salud, que informará por medios fehacientes a la obra social provincial, a los efectos de las previsiones sanitarias y actuariales correspondientes".

Los fundamentos

En sus fundamentos, Michlig graficó: "La historia del cáncer de próstata cambió radicalmente cuando en los años 80 se descubre una proteína, una enzima, que compone el semen humano, llamada Antígeno Prostático Específico (PSA), que se vuelca también en la sangre y predice enfermedades prostáticas. O sea, todos los varones tienen una cantidad de PSA en sangre que, cuando aumenta en forma significativa, indica alguna de estas tres patologías: cáncer, prostatitis (inflamación de la glándula), o una hiperplasia prostática benigna (el crecimiento benigno de la glándula)".

"Los hombres casi nunca tienen cáncer prostático antes de los 50 años, pero sobre los 60 años, más del 50% tiene una glándula prostática agrandada (hiperplasia) que, a menudo, suele ser benigna (hiperplasia benigna de próstata). Sin embargo, se hace necesario la instrumentación de la ley de cáncer de próstata que, en su primera etapa, cubre a una población vulnerable que exhibe su racional costo presupuestario y, por ende, su éxito operacional. El Estado provincial propenderá a la instrumentación de la presente ley en los municipios y comunas", indicó Felipe Michlig.

Fuente: Sin Mordaza-UNO

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