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Aprobaron una nueva modalidad para el dictado de clases con el apoyo de Santa Fe

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El Consejo Federal de Educación, en el que están representadas todas las provincias, aprobó este martes por la noche un sistema de dictado de clases acorde al nivel epidemiológico de cada región del país, un arreglo al que no se adhirieron la ciudad de Buenos Aires y Mendoza.

El acuerdo establece que se dictarán clases bajo la forma de "presencialidad administrada" en las jurisdicciones de riesgo epidemiológico bajo, moderado y alto y de suspensión de clases presenciales para las regiones que están en alarma sanitaria, considerada de mayor gravedad por el desarrollo de la pandemia.

"En el marco de la pandemia y valorando el esfuerzo de los docentes y las familias, todo el sistema educativo se expresó a favor de incluir la categorías epidemiólógicas difundidas en el decreto presidencial", dijo el ministro de Educación, Nicolás Trotta, a la prensa al término de la reunión.

De acuerdo con esa disposición, se divide a los departamentos y localidades en bajo, mediano , alto riesgo y en alarma epidemiológica, según la cantidad de casos, la circulación del coronavirus y la ocupación de camas de terapia intensiva.

La Ciudad de Buenos Aires y grande urbes de Mendoza y de Santa Fe están incluidos en el nivel de alarma epidemiológico.

"Esta es la expresión de todo el sistema educativo, priorizar la educación en el caso de que la situación epidemiológica lo permita y suspender la presencialidad manteniendo las escuelas abiertas para distintas actividades en el caso de los niños que estén más rezagados", destacó Trotta.

En las zonas calificadas como de riesgo epidemiológico y sanitario alto, las autoridades jurisdiccionales podrán administrar medidas de restricción parcial de la asistencia presencial para contribuir en la reducción de la circulación de personas, de acuerdo a la resolución del Consejo.

Estas restricciones "tendrán carácter transitorio, con tiempos de realización claramente establecidos", indicó el Consejo y agregó que cada jurisdicción "podrá reorganizar la frecuencia de asistencia presencial de toda la población escolar"

También dispuso la suspensión de toda actividad extracurricular, el sostenimiento del régimen actual de asistencia de los grupos priorizados, y el del régimen actual de asistencia de los grupos priorizados para el retorno a clases presenciales.

Respecto a las zonas en alarma epidemiológica y sanitaria donde corresponde la suspensión de la asistencia a clases presenciales en todos los niveles educativos, las escuelas permanecerán abiertas con las dotaciones necesarias.

Allí se distribuirán materiales educativos (material impreso, libros, actividades, entre otros); devolución e intercambio de actividades no presenciales de parte de las y los docentes en el caso de estudiantes que no cuenten con otros medios de comunicación con la escuela en sus hogares.

También la orientación individual de aquellos estudiantes que han sostenido vinculación baja o nula con la escuela durante 2020 y/o aquellos que estén transitando la figura de promoción acompañada.

Además la escuela debe habilitar espacios y recursos a aquellos estudiantes que no cuenten con condiciones mínimas para la continuidad pedagógica en sus hogares; orientación y comunicación con las familias que lo requieran.

Otro punto a destacar de la resolución del Consejo, es el acompañamiento socio-pedagógico a estudiantes en situación de vulnerabilidad; sostenimiento y fortalecimiento de los servicios alimentarios escolares en todas sus modalidades; no interrumpibles, tales como ejecución de obras de refacción, reparación o acondicionamiento de la infraestructura escolar.

Está exceptuada de la suspensión de las clases presenciales, la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias.

Precisó además que si se dictan nuevas medidas que modifiquen la frecuencia de clases presenciales "se tendrá en cuenta la menor unidad geográfica posible y la autoridad educativa jurisdiccional arbitrará los medios necesarios para una comunicación fehaciente de la medida (con fecha de inicio y finalización) con una antelación no menor a 48 horas.

Por otra parte se desarrollarán acciones de fiscalización y control en las escuelas y se promoverán instancias institucionales de evaluación y mejora continua de la aplicación de los protocolos.

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